viernes, 16 de septiembre de 2022

Tribunal electrónico vs. tribunal humano (Libro Negro, G.Papini)

leyendo_periódicos: El tribunal electrónico vs. tribunal humano (Rapid...: Tal suma de dislates y su frecuencia  en torno a nuestra  administración de justicia, lenta, cara y con sus dos varas de medir según la ...


lunes, 31 de julio de 2017

El tribunal electrónico vs. tribunal humano (Rapidez,objetividad y bajo coste vs. lentitud, subjetividad y alto coste),


Tal suma de dislates y su frecuencia  en torno a nuestra  administración de justicia, lenta, cara y con sus dos varas de medir según la adscripción política del  juez y/o  del que es juzgado,   pero, principalmente, por  la continua y deshumanizada interpretación de la ley obedeciendo en demasía a la letra y a las reglas procesales  que no al espíritu de Equidad en ella contenido(*) ,  me ha hecho recordar uno de los pasajes del Libro Negro, titulado “El tribunal electrónico” , que trata sobre  un aparato mecánico que juzga.   
“Tal aparato… se alza en la pared de fondo del aula mayor del tribunal. Los jueces, abogados y oficiales de justicia… se sientan como simples espectadores entre las primeras filas del público. La máquina no tiene necesidad de ellos, es más segura, precisa e infalible que sus reducidos cerebros humanos. Como único ayudante el enorme cerebro tiene a un joven mecánico…. El único recuerdo del pasado que se ve en la máquina es una balanza de bronce que corona platónicamente al metálico cerebro jurídico

Nos cuenta Papini que Gog sólo pudo soportar la visión de tres de las vistas previstas para aquella sesión.  Causas judiciales que  la máquina resolvió  con rapidez, lucidez y frialdad  aplicando “los artículos del código que debían aplicarse al caso”, y regresó al hotel “confundido y perturbado profundamente”, como consecuencia- explica-  de   ” ver aquellas criaturas humanas  juzgadas y condenadas por una lúcida y gélida máquina,…La máquina se convertía en juez …; sentenciaba en las cosas del espíritu...

A Gog/Papini le perturbaba que una máquina, un objeto inanimado, es decir, sin alma, juzgase y sentenciase sobre cuestiones inherentes  a la criatura humana, ese complejo ser animado por el soplo divino que le dotó de conciencia. Conciencia  que le hace distinguir  entre el bien y el mal. Lo correcto y lo incorrecto, sin necesidad de acudir a ningún código  o reglamento legal.  Y, consecuentemente, única ventaja  del juez humano sobre el aparato mecánico que juzga.
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 (*) Son muchos y muy sonados los asuntos judiciales que podría tomar como ilustrativo ejemplo, pero por concernir a los más débiles y por tanto más aberrantes y escandalosos, escogeré   las numerosas sentencias, autos, providencias, etc. en las causas de separación o divorcio de parejas con hijos. Causas que, por regla general,  derivan en interminables  pleitos por custodia, pensión alimenticia, impagos, etc. etc., en las que la actuación y  las decisiones de los jueces, abogados, mediadores, y todo el tinglado montado alrededor,  en la práctica, olvidan a  las víctimas inocentes de estas desavenencias, los niños;  y se centran en el reparto entre los ex cónyuges, tanto de los bienes materiales como  de las criaturas habidas. Así tenemos la extendida norma de que las Navidades y Reyes, la Semana Santa, las  vacaciones de verano, puentes, etc., los niños deberán pasarlos a mitades (quizás sea mejor emplear el término “sortear”) entre el uno y la otra. Es decir, de aquí para allá, con constantes cambios de ambientes y lugares y con la maletita siempre a punto.  Y en los casos cada vez más frecuentes de custodia compartida, la vida cotidiana de los  niños tener que discurrir en periódicos  cambios, no sólo de casa, sino de ambiente y del entorno familiar bien por semanas, quincenas, mensual, o cada “x” días; cuando, por sentido común, lo razonable y mejor para las criaturas, según creo, es que quedasen (permaneciesen) con aquél de sus progenitores que como condición imprescindible tuviere para con ellas las aptitudes naturales,   y, asimismo, demostrase haber tenido la  actitudes  esperadas en un buen padre/madre de familia. Y, consiguientemente, sea el papá o la mamá, si quiere ver y estar con sus hijos, él o la que haya de moverse y adaptarse a las nuevas circunstancias creadas por la ruptura matrimonial. No acrecentemos, en fin, las pérdidas de la inocente criatura humana en virtud de las decisiones de sus, en teoría, responsables. Mientras que el papel de la Justicia sea el de asegurar con rapidez y efectividad del cumplimiento de la otra parte,  de contribuir a la estabilidad emocional y al sostenimiento real de sus hijos. En suma, que él o la juez que juzgue ponga CORAZÓN. Un humano corazón.



14 de enero de 2018: Difuminada entre la mucha información que el tema de Cataluña suscita, oí la petición (¡¡¡!!!) del fiscal en el caso Juana Rivas de cinco años de cárcel para ésta, in-habilitación por seis años de la patria potestad , el pago de las costas del juicio y la pérdida de los derechos de sufragio pasivo durante el tiempo de la pena. Facilito dirección de enlace con la noticia publicada por elpais.com: 



Asimismo, para quienes como yo no supiesen acerca de los derechos de sufragio pasivo, copio y pego su significado sacado de Wikipedia:

"Sufragio pasivo

Se denomina sufragio pasivo al derecho de los ciudadanos a presentarse como candidatos en los procesos electorales de sus estados en cualquier ámbito y a ser elegidos. Este derecho viene restringido, según las distintas legislaciones, en función de la edad, los cargos públicos que se desempeñen (quedan habitualmente excluidos militaresmagistrados y jueces, miembros de los órganos electorales, etc), las resoluciones judiciales que como pena accesoria les priven de este derecho, la nacionalidad y, ocasionalmente, la prohibición de presentarse por segunda o más veces al mismo cargo a elegir.

Conocido, pues, el concepto que engloba " los derechos de sufragio pasivo " y en vista de la solicitud del fiscal de la supresión de éstos para la señora Rivas,( Derecho de Familia), me pregunto si ¿ parecida solicitud por entidad judicial y, desde luego, por la vía de urgencia, tanto de la petición pero principalmente del fallo, no hubiesen sido necesarios en la causa seguida contra  los miembros del Govern y del Parlament catalán, que hubiese imposibilitado que éstos figurasen en listas electorales y consecuentemente ser elegidos? ¡ Cuántas cosas que,  con urgencia, son necesarias cambiar!



4 de mayo de 2019: Lo primero que expondré es que, en el caso Juana Rivas, finalmente, las peticiones de la fiscalía  se vieron cumplidas en el fallo final del tribunal (A.P. de Granada)que juzgaba la apelación. 

No he logrado confirmar si la Audiencia Provincial de Granada atendió las peticiones de la fiscalía también en lo referente a la pérdida del derecho del sufragio pasivo. Pero creo que así fue. Y es en este punto donde, como vulgarmente se dice, me hago cruces. Porque uno de los argumentos que han primado contra esta mujer es la reiterada desobediencia de  disposiciones  judiciales. Al menos así lo he creído entender de la información leída, algunos de cuyos párrafos,  seguidamente, transcribo("copio y pego"):


"La Audiencia Provincial de Granada ha ratificado la condena de cinco años de cárcel para Juana Rivas por la sustracción de sus dos hijos menores de edad cuando en mayo de 2016 viajó con ellos a España y, tras no llevarlos de regreso a Italia con su padre como habían acordado, desobedeció numerosas órdenes judiciales para hacerlo. Tras recibir un último requerimiento en julio de 2017 para que entregara los niños a Francesco Arcuri, su padre, Rivas desapareció durante un mes con los menores, que ahora tienen 5 y 12 años de edad(...).El texto insiste en que la actitud de Rivas es delictiva, ya que “por una parte supone una desobediencia a la autoridad al incumplir sus resoluciones y por otra parte se infringe el derecho del menor a relacionarse con sus padres, a vivir en su ambiente, familiar, social, educativo, es decir, a estar en su entorno”. Juana, además, no puede alegar desconocimiento porque aunque “no sabemos lo que sus asesores le aconsejaron, ello no puede servirle de coartada pues Juana conocía” las distintas resoluciones conminándola a devolver a sus hijos"(https://elpais.com/sociedad/2019/03/14/actualidad/1552573792_003735.html )

"Desobedeció numerosas órdenes judiciales", si ello es causa válida  contra Juana Rivas , me pregunto yo,  por qué parecido argumento no ha sido utilizado primeramente en las  elecciones autonómicas catalanas de diciembre de 2017, posteriormente en estas últimas generales para el Congreso y Senado (Abril 2019), y para las venideras Locales y Europeas(Mayo 2019). Acaso no es conocido por todos( y también todas, como ahora gusta  decir) que estos individuos, tanto los sentados en el banquillo ante el T.S. , como los huidos al extranjero, se han pasado por el  forro numerosas sentencias y fallos de juzgados y tribunales de justicia , incluidos los de más alta competencia y hasta el Constitucional.

Por lo cual me sigo preguntando si en esta España de mis Amores y desamores: ¿ somos todos iguales?, ¿  todos tenemos los mismos derechos e iguales obligaciones que cumplir y leyes que respetar? La realidad nos dice que "no".  Para unos el respeto máximo de sus derechos, aunque con descaro hubiesen quebrantado las leyes y el orden establecido. ´Por tanto, exhorto a ingenieros y procesadores informáticos a la búsqueda de una "Inteligencia Artificial", que aunque sin alma, sea justa,imparcial, rápida y de poco coste.

Para terminar copio y pego algunos de los párrafos leídos en artículo publicado por elpais.com, en relación a los resultados de las Elecciones Generales celebradas en 28 de Abril 2019:
https://elpais.com/politica/2019/04/29/actualidad/1556556783_491493.html
"...se podrán ver las caras de acusados y acusadores en el juicio del procés, a la espera de que el Tribunal Supremo determine si la suspensión de cargo público que se aplicó en el Parlament a los presos preventivos independentistas es extendible a esta nueva responsabilidad como diputado. Por ahora se sabe que podrán recoger el acta, pero su presencia en los plenos posteriores de Oriol Junqueras, que encabeza la lista de ERC-Sobiranistes por Barcelona, y Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull, números uno de JxCat por Barcelona, Girona y Tarragona, no está garantizada. Los que seguro que estarán son los dos abogados de la acusación popular de Vox, Javier Ortega Smith y Pedro Fernández, que han sido elegidos por Madrid y Zaragoza respectivamente."


25 de agosto de 2019: En el caso de "la justicia" que se practica en España es ineludible la cuestión de la lentitud. Demora que en causas como la del clan de los Pujol Ferrusola es digna de mención especial, pero que, en líneas generales, siempre juega a favor del que ha delinquido, abusado, matado,robado, estafado,... que ve como el tiempo diluye su delito bien porque surge otro asunto , porque se olvida o porque legalmente pueda prescribir.


20 de enero de 2020:  La proposición del gobierno socialista de Sánchez de nombrar Fiscal General a Doña Dolores Delgado, cuyo inmediato anterior cargo era Ministra de Justicia, me vuelve a traer a la memoria al inmortal Papini,  y a pensar que los humanos seres de esta España de mis amores y desamores con una máquina -juez estaríamos más cerca de obtener fallos y decisiones justas, además de rápidas y de poco coste.

Una vez más, desafortunadamente,  el absurdo de la realidad cotidiana  me lleva al recuerdo de esta lectura, pero, principalmente  para desear se cumpla el "futurista" escenario descrito por Papini y podamos contar con una eficiente, barata y sobretodo imparcial Máquina de hacer justicia.


11 de diciembre de 2021Una vez más los contrastes de la realidad del momento me lleva al pasaje del “Tribunal electrónico”, del “Libro Negro” de Papini. En esta ocasión por las dos siguientes noticias:

1) El acoso  por parte de las hordas independentistas y nacionalistas al niñito de Canet , cuyos padres han solicitado la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación a la obligación de impartir un 25%(VEINTICINCO POR CIENTO)de las clases en castellano.

https://www.elespanol.com/espana/20211210/familia-canet-amplia-personas-denuncia-tromba-amenazas/633437715_0.html 

2) Y la decisión de un juez de la Audiencia Provincial de Granada rechazando el  indulto parcial concedido por el Gobierno a la señora Juana Rivas.

 https://www.abc.es/sociedad/abci-reincidencia-indicios-abusos-y-no-arrepentimiento-tres-motivos-juez-contra-libertad-juana-rivas-202112102025_noticia.html

 

Cabe resaltar los tres motivos que inducen al juez granadino al rechazo del indulto: reincidenciano arrepentimiento y  abusos a un menor mientras estaba bajo la responsabilidad de su madre .  Así, pues, me pregunto: ¿No existen similares agravantes en el caso de los políticos catalanes indultados por el Gobierno? 

Sin duda, es urgente la implantación de una imparcial máquina inteligente en la justicia española.

 

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 14 de febrero de 2022: Mientras buscaba información acerca de los resultados de los comicios de ayer en Castilla -León topé  en eldiario.es con el  artículo de Raúl Rejón titulado: "Petronor se salva 'in extremis' de una multa 200 millones por construir sin permiso una fábrica en la costa". 

 Tan sugerente título llamó mi atención debido al grosor de la suma, equivalente a 33.332 millones de las antiguas pesetas.

Recomiendo la lectura íntegra del artículo, evidencia de la falta de interés, la desidia y la incompetencia de las autoridades especialmente cuando de por medio hay poderosas compañías. 

Detallo algunos de los párrafos más descriptivos:

¿Qué ocurrió para que la posible multa se haya rebajado un 99%? Pues que, en ese tiempo, en el Ministerio de Transición Ecológica han encontrado un escrito que, aseguran, provoca la prescripción. (...)El vía crucis hasta llegar a esta sanción, minimizada por la prescripción que ha provocado el paso de tiempo, ha sido larguísimo. Desde que Meatzaldea interpuso el recurso ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por este proyecto en 2012 han pasado casi diez años. Primero, el Gobierno dio la callada por respuesta. Silencio administrativo. Así que la asociación fue a reclamar a la Audiencia Nacional en el año 2013. Pedían que se iniciara el expediente sancionador.
La Audiencia Nacional tardó cinco años en resolver. La sentencia de junio de 2018 daba la razón a Meatzaldea. Con todo, Petronor recurrió ese fallo, pero volvió a perder en marzo de 2019(...) Tuvo que dictarse un auto de ejecución de sentencia el 23 de noviembre de 2020 que establecía que el Gobierno central debía incoar el expediente sancionador. (...)Aún así, todavía se demoraría todo otros dos meses más. El Ministerio de Transición Ecológica de Teresa Ribera recibió el auto el 21 de enero de 2021. El proceso sancionador comenzó, al fin, en febrero pasado(es decir, febrero 2021)(...)la autorización del Gobierno para ocupar esos suelos otorgada en 1982 caducaba en 2012, pero un acuerdo entre el PSOE y el PNV para introducir en una votación de 21 de diciembre de 2010 una enmienda adherida a la ley de Economía Sostenible modificó la ley de Hidrocarburos para prolongar esa autorización.El cambio otorgaba el derecho a refinerías como la de Repsol-Petronor en la ría de Bizkaia para prorrogar la ocupación del dominio público y mantener su actividad. Cuando llegó ese acuerdo entre socialistas y Partido Nacionalista Vasco, el anterior presidente del PNV, Josu Jon Imaz, ya ejercía como presidente ejecutivo de Petronor y director de la Unidad de Nuevas Energías de Repsol. El 30 de abril de 2014 fue elegido consejero delegado de la petrolera.

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